Convertir acciones

Convertimos Acciones al portador a Nominativas

La ley impone a los accionistas la obligación de realizar el canje de sus acciones al portador por acciones nominativas desde el 5 de octubre del pasado año.

Convertimos Acciones al portador a Nominativas siendo diseñados, redactados, emitidos e impresos a título personal adecuado a Ley Nº 5895/2017 “Que establece reglas de transparencia en el régimen de sociedades constituidas por acciones”

1. Redactamos Acta de Directorio por medio del cual se deja constancia de la entrega y anulación de los Títulos de Acción al portador.
2. Constancia de entrega de los nuevos títulos.
3. Comunicación a la Abogacía del Tesoro del canje de títulos de acción (Aun falta reglamentación)

A QUE SANCION SE EXPONE SI NO CONVIERTE A NOMINATIVA?
1. Los derechos económicos de los accionistas que no hayan realizado el canje de sus acciones, no podrán percibir dividendos, serán pasibles de multas (entre Gs. 3.830.800/ USD. 680 hasta Gs. 38.308.800/ USD. 6.820).
2. Para la Sociedad en caso que el grado de cumplimiento del canje de acciones no haya alcanzado el 90%, realizar cualquier tipo de operaciones en el sistema financiero (bancos, financieras, casas de bolsa, casas de cambios, cooperativas, etc.)
Bloqueo del Registro Único de Contribuyentes (RUC) por parte de la Subsecretaría de Estado de Tributación (SET).
Serán pasibles de la multa de entre 50 y 500 jornales mínimos para actividades diversas no especificadas (entre Gs. 3.830.800/ USD. 680 hasta Gs. 38.308.800/ USD. 6.820).




SI DESEA MAS INFORMACION Y LE INTERESA CONVERTIR SUS ACCIONES A NOMINATIVAS CONTACTENOS:
0994 296 066